Extranjeros no residentes deberán pagar la atención médica en hospitales nacionales

El Gobierno reglamentó el nuevo esquema que establece el pago de las prestaciones no urgentes para quienes no tengan residencia permanente en Argentina. Las emergencias continuarán siendo atendidas sin restricciones.
Actualidad11 de agosto de 2026MINUTO UNO DIGITALMINUTO UNO DIGITAL

El Gobierno nacional reglamentó este martes el procedimiento para el cobro de la atención sanitaria a extranjeros que no cuenten con residencia permanente en Argentina y sean atendidos en establecimientos de salud administrados por el Estado nacional.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 1066/2026 del Ministerio de Salud, publicada en el Boletín Oficial, y reglamenta los cambios introducidos por el DNU 366/2025 en la Ley de Migraciones.

Según la nueva normativa, los extranjeros que no tengan residencia permanente deberán contar con un seguro de salud o realizar el pago previo de la prestación cuando se trate de una atención médica habitual o programada.

En caso de contar con cobertura médica, el establecimiento sanitario podrá facturar la prestación a la aseguradora correspondiente. Si la persona no posee seguro, deberá abonar el costo del servicio antes de recibir la atención.

Las emergencias quedan exceptuadas

Uno de los principales puntos de la reglamentación establece que ningún extranjero podrá ser privado de atención ante una emergencia médica, independientemente de su nacionalidad o situación migratoria.

La normativa considera emergencia a aquellos cuadros que impliquen un riesgo real e inmediato para la vida, un órgano o una función vital. La clasificación quedará a cargo del profesional de salud responsable de la atención.

De esta manera, ningún trámite administrativo, comprobante de seguro o situación migratoria podrá impedir o demorar la evaluación inicial de una persona que llegue a un hospital en una situación de emergencia.

¿A quiénes alcanza?

El nuevo procedimiento se aplica a extranjeros que no tengan residencia permanente y que requieran atención en establecimientos sanitarios administrados por el Estado nacional.

En cambio, quienes acrediten residencia permanente podrán acceder al sistema público de salud en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos, tal como establece la modificación de la Ley de Migraciones.

La medida alcanza específicamente a los establecimientos bajo administración del Estado nacional y no modifica automáticamente las reglas de los hospitales provinciales o municipales, que dependen de sus respectivas jurisdicciones.

Un cambio que reabre el debate sobre la salud pública

La reglamentación vuelve a poner en el centro de la discusión el acceso de los extranjeros al sistema público de salud y el financiamiento de las prestaciones.

Mientras el Gobierno sostiene el nuevo esquema como parte de la reforma migratoria impulsada desde 2025, distintos sectores políticos y sanitarios cuestionaron la medida y plantearon el impacto que podría tener sobre los sistemas de salud provinciales.

El nuevo régimen comenzó a regir a partir de su publicación oficial y establece una diferenciación entre emergencias, que deben ser atendidas sin restricciones, y prestaciones médicas no urgentes, para las cuales los extranjeros no residentes deberán contar con cobertura o asumir el costo de la atención.

cobro-extranjeros-hospital

Último momento
Suscríbete al newsletter para recibir periódicamente las novedades en tu email